10porciento adicional en dividendos
10% adicional de pago de dividendos, ¿cuándo procede?

Por: Roberto Colín.

Revisamos a detalle el artículo 164 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) sobre el impuesto adicional del 10% sobre los dividendos, ¿cuáles son las operaciones implicadas y a partir de qué ejercicio?

Desde 2014, se incluyó en la LISR el impuesto adicional del 10% sobre dividendos; regulado en el artículo 164, se establece que, en los ingresos por dividendos o utilidades, y por las ganancias distribuidas por personas morales en general, se considerará que la fuente de riqueza se encuentra en territorio nacional cuando la persona que los distribuya resida en el país.
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valor aduana
Relación entre los incrementables y el valor aduana

Por: Fernando Castro Hernández

El valor aduana es el procedimiento aplicado para determinar el valor que se asigna a las mercancías al momento de presentarse para su despacho de importación. El Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) estableció los principios generales de un sistema internacional de valoración.

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enajenacion acciones
Principales maneras de realizar la enajenación de acciones y su comprobación

Por: Dunstan Oriel Torres Hernández

Una acción es un título emitido que representa una parte determinada del capital social que da derecho a una parte proporcional en las ganancias y que participa en las pérdidas, acorde con el valor que expresa o representa; por lo tanto, el tenedor del título es el dueño de un derecho patrimonial, igual a la fracción del capital que representa.

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cancelacion creditos fiscales
Condonación de impuestos y cancelación de créditos fiscales

Por: Roberto Colín

Conoce los artículos que refieren a la condonación de impuestos y créditos fiscales, ¿qué situaciones lo permiten?, ¿bajo qué supuestos y cuáles requisitos?

En términos del Artículo 39 del Código Fiscal de la Federación (CFF), el Ejecutivo Federal, mediante resoluciones de carácter general, podrá condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios; autorizar su pago diferido o en parcialidades cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos o la realización de una actividad; así como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias.
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