
IVA virtual en importaciones de servicios y bienes intangibles
Por Alberto Copado.
Nuestro artículo 50, del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado nos concede el acreditamiento del IVA cuando se importen bienes intangibles o servicios que deban pagar este impuesto, el acreditamiento se debe llevar a cabo en la declaración del pago mensual al que corresponda la importación; dicho de otra manera, la Ley del IVA nos concede “el derecho a no pagar el IVA en importación de servicios y bienes intangibles”.… Continuar Leyendo