Tratamiento de los viáticos sin comprobante no deducidos por la empresa: ¿Ingreso para el trabajador?

C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín

Se considera como viáticos: Aquellos montos de dinero que el patrón entrega al trabajador para que pueda sufragar gastos por realizar su trabajo en un lugar que se encuentre fuera de la franja de 50 kilómetros que circunde el establecimiento del patrón y que le beneficie directamente.

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Tratamiento fiscal de los viáticos y los gastos de representación

Por: Francisco Javier Gómez Serrano  

Para muchos, el tema de los viáticos ha sufrido un enorme cambio en su tratamiento fiscal y es por ello que, en esta ocasión, hablaré de ellos y de sus requisitos.

 Se dice que el viático es aquella erogación que se efectúa por parte de una persona al realizar actividades en nombre o a favor de un patrón que se ve beneficiado del producto que de ese trabajo se logre.
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¿Son deducibles los viáticos para fines de ISR cuando se efectúan fuera de 50 kms?

Por L.C. Luis Velasco.

Como se recordará, uno de los gastos en que muchas empresas incurren, son los relacionados con los gastos de viaje, gastos que por la naturaleza de la empresa necesitan efectuarse por algunos colaboradores cuando se desplazan fuera del domicilio fiscal o establecimiento de la compañía.

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