
Carta Porte: ¿obligatorio emitirla para transportar bienes de uso personal?
Por: C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín.
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El complemento Carta Porte no es de creación nueva, simplemente ahora se implementa con la intención de acreditar la legal estancia y/o tenencia de los bienes o mercancías durante el traslado en territorio nacional; así como para identificar su origen y destino para combatir, entre otras cosas, el comercio informal y el contrabando.… Continuar Leyendo
C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín
Cuando se trate de traslado de mercancías o bienes que formen parte del activo la regla 2.7.7.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para el 2022 establece que los propietarios, poseedores o tenedores podrán acreditar el transporte de los mismos, conforme a lo siguiente:
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Para efectos de los bienes que se trasladan a través de contribuyentes que prestan servicios de paquetería y mensajería, la regla 2.7.7.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para el 2022 establece que diversos supuestos para la emisión de un CFDI de tip “Ingreso” o “Traslado” con o sin complemento Carta Porte, son:
a) La emisión de un CFDI de tipo “Ingreso” sin complemento Carta Porte con los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF, registrando los nodos “Concepto” necesarios para relacionar los números de guía de todos los paquetes amparados en dicho CFDI por la totalidad del servicio y, además, aplicando lo siguiente:
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