Diferencia entre CFDI de Ingreso, CFDI de Traslado y Carta Porte

Por: C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín.

Revisamos las diferencias de la Carta Porte, cuáles son los puntos clave y su relación con los CFDI de ingreso y de traslado.

El complemento Carta Porte no es de creación nueva, simplemente ahora se implementa con la intención de acreditar la legal estancia y/o tenencia de los bienes o mercancías durante el traslado en territorio nacional; así como para identificar su origen y destino para combatir, entre otras cosas, el comercio informal y el contrabando.

En este sentido, en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para el 2022, se incorporaron diversas reglas en relación con la expedición del CFDI de tipo “Ingreso” o “Traslado” con complemento de Carta Porte de la 2.7.7.1 a la 2.7.7.12. Por esto es muy importante distinguir —para una mejor interpretación de sus reglas— un CFDI de “Traslado” de un CFDI de “Ingreso” con complemento de Carta Porte.

a) CFDI de tipo “Ingreso” con complemento Carta Porte. Es una factura electrónica cuyo objetivo es manifestar la obtención del ingreso que se percibe por la prestación de servicios de transporte, misma a la que se puede incorporar la información del complemento Carta Porte. En este tipo de comprobante se debe desglosar el traslado de impuestos.

b) CFDI de tipo “Traslado” con complemento Carta Porte. Es una factura electrónica que emite el dueño de los bienes y/o mercancías cuando este hace el traslado con sus propios vehículos, a la que se le debe incorporar la información del complemento Carta Porte para acreditar el transporte en territorio nacional.

c) Complemento Carta Porte. Es el formato electrónico de la Carta de Porte que establecía la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para realizar el traslado de los bienes y/o mercancías en territorio nacional para el autotransporte de carga; asimismo, hace las veces de un manifiesto de carga aérea, marítima o ferroviaria, conocimiento de embarque, entre otros.

Dicho formato se entiende como un conjunto de datos o información de los bienes y/o mercancías, ubicaciones (origen y destino), así como del vehículo o de los diferentes medios de transporte que se incorporan a una factura electrónica de tipo “Traslado” o “Ingreso” con complemento Carta Porte.

Sin embargo, cuando el traslado de los bienes y/o mercancías implique no transitar por algún tramo de jurisdicción federal, se podrá acreditar el transporte de los bienes o mercancías mediante la representación impresa —en papel o en formato digital— del CFDI de tipo “Ingreso” que contenga los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF en donde se registren la clave de producto y el servicio, de acuerdo con el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”, sin complemento Carta Porte.

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