Consecuencias de presentar extemporáneamente la Declaración Anual de personas físicas

Por: Mtra. Mabel Salazar Lara.

Si termina abril y no presentas tu Declaración Anual como persona física, ¿qué pasa? Sigue leyendo y conoce los detalles.

De conformidad con la Ley del Impuesto Sobre la Renta, las personas físicas —salvo ciertas excepciones— tienen la obligación de presentar su Declaración Anual en el mes de abril de cada año, por lo que este mes es crucial para cumplir con esta obligación.

Por ello, recuerda que si estás obligado a presentar esta declaración y no la efectúas o lo haces fuera del plazo mencionado puedes hacerte acreedor a diversas sanciones.

Sanciones por no presentar Declaración Anual de ISR

Si por alguna razón las personas físicas que deban presentar su declaración no cumplen con esta obligación, pueden enfrentar las siguientes multas:

  • En caso de no presentar la Declaración Anual, una multa que va desde los $1,400 hasta los $17,370 pesos, de acuerdo con el artículo 82 fracción I inciso a) del Código Fiscal de la Federación.
  • En caso de presentar la declaración fuera de plazo o por no cumplir con los requerimientos de la Autoridad puedes percibir una multa que va desde los $1,400 hasta los $34,730 pesos, conforme al artículo 82 fracción I inciso b) del CFF.
  • Si el contribuyente está obligado a presentar sus declaraciones a través del Portal de Internet del SAT y no lo hace, lo hace fuera de plazo o incumple con los requerimientos que le haga la Autoridad, puede recibir una multa que va de los $14,230 hasta los $28,490 pesos, de conformidad con el artículo 82 fracción I inciso d) del CFF.

Es importante mencionar que el artículo 73 del CFF establece que no se impondrán multas cuando se cumpla en forma espontánea con las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados o cuando se haya incurrido en infracción a causa de fuerza mayor o de caso fortuito; es decir, si el contribuyente cumple con la presentación de su declaración anual antes de que la autoridad descubra el incumplimiento de ésta no será acreedor a una multa. Sin embargo, en la actualidad la autoridad fiscal ha avanzado a pasos agigantados en la actualización de sus sistemas y bases de datos de tal manera que puede identificar con un sólo clic a los contribuyentes incumplidos, por lo que resulta casi imposible ocultar dicho incumplimiento.

Adicionalmente, si la persona física obligada a presentar su declaración anual no lo hiciere o lo hiciere fuera del plazo y dentro de ésta se determina un saldo a favor, corre el riesgo de que al momento de solicitarlo en devolución la autoridad fiscal le requiera cierta información o cuestione ciertos aspectos relativos a la fecha de presentación.

Es por esto que consideramos de suma importancia la presentación de la Declaración Anual en tiempo y forma, así se evita cualquier sanción que pueda imponer la autoridad fiscal o algún contratiempo para el contribuyente.

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