
L.C. César Aguilar Aguilar
Para 2025, la aplicación de la disminución de la PTU en los pagos provisionales de ISR sigue siendo una estrategia clave para optimizar el flujo de efectivo de las empresas. En este artículo, exploraremos más sobre el tema y algunos requisitos vigentes.
Pagos provisionales y la PTU
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), las personas morales deben realizar el reparto de utilidades correspondientes al ejercicio 2024, entre el 1 de abril y el 30 de mayo. Por otro lado, las personas físicas con actividad empresarial deben pagar la participación entre el 1 de mayo y el 29 de junio.
En caso de que se presente una declaración complementaria del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y aumente la utilidad gravable considerada para la PTU del ejercicio, la diferencia deberá pagarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha de presentación.
Dicha erogación es una partida no deducible, en términos del artículo 28, fracción XXVI, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR). Sin embargo, en términos del artículo 9, fracción I, de la misma Ley, la PTU es un concepto disminuible de los ingresos acumulables, para efectos de la determinación de la utilidad fiscal del ejercicio.
Por otro lado, con la Reforma Fiscal en materia de ISR para 2020, se adicionó al artículo 14 de la LISR el estímulo fiscal del artículo 16 de la Ley de Ingresos de 2019, relacionado con la disminución de la utilidad fiscal para pago provisional del monto de la PTU pagada en el ejercicio.
Procedimiento para la disminución de la PTU en pagos provisionales
A partir de 2020, el artículo 14 de la LISR señala que los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar los días 17, con base en la siguiente mecánica:
Ingresos nominales del periodo, comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que se refiere el pago. | ||
Por (x) | Coeficiente de utilidad | |
Igual (=) | Utilidad fiscal para pago provisional | |
Menos (-) | PTU pagada en el mismo ejercicio, en términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
El monto de la PTU citada deberá disminuirse de la siguiente manera:
- Por partes iguales, en los pagos provisionales correspondientes a los meses de mayo a diciembre del ejercicio fiscal.
- Dicha disminución se realizará en los pagos provisionales del ejercicio de manera acumulativa.
- El monto reducido no se deducirá de los ingresos acumulables del ejercicio, según lo previsto en la fracción XXVI del artículo 28 citado.
- La disminución de la PTU se realizará hasta por el monto de la utilidad fiscal determinada para el pago provisional que corresponda. En ningún caso se deberá recalcular el coeficiente de utilidad.
Beneficios fiscales de la disminución de la PTU
La disminución se traduce en un beneficio financiero para los contribuyentes, permitiéndoles reducir mensualmente y en proporción, la PTU generada en 2024, pagada en 2025, anticipando su disminución en la Declaración Anual. Lo que puede llevar a los contribuyentes a reducir la utilidad fiscal base para el pago del ISR, generar una pérdida fiscal o incrementar la misma. En los últimos dos casos, los pagos provisionales del ISR enterados a lo largo del ejercicio se convertirán en un saldo a favor del ejercicio.
Consideraciones importantes y recomendaciones
- Conoce la base de cálculo para la disminución
La disminución de la PTU solo puede aplicarse a los pagos provisionales de ISR y no afecta otras obligaciones fiscales. Además, la base de cálculo debe determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley del ISR. - Considera los cambios en la legislación
Aunque el procedimiento para 2025 se mantiene alineado con ejercicios anteriores, es importante estar atentos a posibles modificaciones fiscales que pudieran afectar la aplicación de este beneficio. - Mantén registros actualizados
Asegurar que los cálculos de la PTU pagada sean correctos y estén debidamente documentados.
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