Nombre del receptor (acentos o caracteres especiales) en el CFDI 4.0

Por: Mtro. y L.C. Alejandro Bolaños Pérez.

Conoce los cambios más relevantes  respecto al nombre o razón social que se debe registrar en los CFDI con la nueva versión 4.0.

Como parte de los cambios al CFDI, en la versión 4.0, a partir del 1 de enero de 2022 se deberá señalar el nombre o razón social del receptor, así como el código postal de su domicilio fiscal; lo anterior, conforme lo establece la fracción IV del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.

Como es conocido, es el “Anexo 20. Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por Internet” de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente para 2022, la que señala las especificaciones que deben cumplir los CFDI, y en lo referente al nombre del receptor señala lo siguiente:

Se debe registrar el nombre, primer apellido, segundo apellido, según corresponda denominación o razón social registrados en el RFC del contribuyente receptor del comprobante.
El Nombre debe corresponder a la clave de RFC registrado en el campo Rfc de este Nodo.
Este dato podrá ser consultado en la constancia de situación fiscal emitida por el SAT, la cual se puede obtener en la siguiente liga:
https://www.sat.gob.mx/aplicacion/login/53027/genera-tuconstancia-de-situacion-fiscal.

Ejemplo:
En el caso de una persona física se debe registrar: Nombre = RAFAELI CAMPOSORIO RUÍZO
En el caso de una persona moral se debe registrar: Nombre= LA VILLA ESP0

Como se observa, el nombre o razón social pude ser consultado en la constancia de situación fiscal (CSF) emitida por el SAT, es por ello, que para la expedición de CFDI se requiere ahora la CSF.

Ahora bien, el SAT, en su página de Internet publicó en la sección “Formato de factura (Anexo 20)” en la parte de “Contenidos relacionados”, el documento denominado “Registro del nombre del receptor en la factura electrónica” en el cual señala que el nombre del receptor deberá registrarse en mayúsculas, tal y como se encuentra en la cédula de Identificación fiscal (CIF) y en la CSF respetando números, espacios y signos de puntuación.

Llama la atención de lo anterior, el señalamiento de respetar espacios y signos de puntuación, lo que debe ser anotado con el debido cuidado para dar cumplimiento a este requerimiento.

Con base en lo anterior, considero, podemos concluir que si el nombre contiene acentos y/o caracteres especiales se deben agregar, tal como se muestra en la CIF y CSF.

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