libros corporativos

¿Qué son los libros sociales y para qué sirven?

Por: C.P.C. Alberto Copado.

Conoce la historia de la empresa permite enfrentar los retos de mejor forma y también conocer los aspectos más problemáticos que ha experimentado.

Todos eventualmente tenemos una historia que contar y las empresas no son la excepción, ellas sin voz, lo hacen a través de sus libros sociales; pueden llegar a ser tantos los altibajos que tienen que su esperanza de vida se ve cada día más mermada por acontecimientos económicos, tecnológicos, sociales, de consumo, políticos e inclusive fenómenos naturales; no se salvan de estos sucesos aún las grandes empresas transnacionales.

Mientras que más del 50% de las micro y pequeñas empresas desaparecen antes de cumplir los 5 primeros años de vida, lo cual resulta desalentador; el promedio de vida solo es ligeramente mayor en el mercado Nacional llegando a tan solo siete años en promedio; así también la esperanza de vida para las llamadas empresas familiares alcanza solo los 25 años, siendo las empresas manufactureras las que tienen esa mayor esperanza de vida. (Datos de INEGI)

Una de las acciones que permiten a las empresas no desaparecer es siempre poner atención a los números reales y presupuestados; el medir, medir y medir todo lo medible, para mejorar las prácticas del negocio, que permita tomar acción para realizar los cambios necesarios en las decisiones y estrategias de negocio.

Las herramientas que nos muestran la historia financiera y administrativa de las empresas son los llamados libros corporativos o libros sociales los cuales nos muestran los sucesos o acontecimientos más importantes de la vida del negocio y de la empresa como:

  • Acuerdos
  • Reparto de
  • Incrementos o disminuciones de
  • Compra venta de acciones y salidas o entradas de nuevos socios.

Los libros que una sociedad está obligada a tener son:

a) Libro de Asambleas Generales ordinarias y extraordinarias

Contiene todos los acuerdos de la vida corporativa de la empresa, conforme al artículo 36 y 41 del Código de Comercio, se incluirán todos los acuerdos relativos a la marcha del negocio, que tomen las asambleas, las juntas de socios o el consejo de administración. Este libro

  • Fecha del acta.
  • Lista de asistentes, el número de acciones que representan y número de votos que pueden hacer uso.
  • Los acuerdos que se toman.
  • Los votos emitidos.
  • La consignación de todo lo necesario para que conduzca al perfecto conocimiento de lo acordado.
  • Las actas serán firmadas por quienes los estatutos les confieren esa autoridad.

b) Libro de Acciones

Por la constitución del capital de la sociedad, lo llevarán las sociedades anónimas, y deberá contener lo relativo al artículo 128, de la Ley General de Sociedades Mercantiles:

  • Nombre, nacionalidad y domicilio del accionista.
  • Número de acciones que le pertenecen a cada accionista, así como la serie y clase y demás particularidades de las acciones.
  • Indicaciones de las exhibiciones que se efectúen.
  • La transmisión que se realice de las mismas.

c) Libro de Variaciones de Capital

Contemplada la obligación de llevarlo en el artículo 219, de la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) contendrá los movimientos de:

  • Acuerdos tomados de aumento o reducción de capital de asambleas extraordinarias conforme a la fracción III, del artículo 182, del LGSM, debidamente protocolizada e inscritas en el Registro Público de Comercio.
  • Registro de los movimientos respectivos en el libro de acciones.
  • Cuando se trate de una disminución de capital se debe publicar cada 10 días por tres ocasiones el acuerdo en el periódico oficial de la entidad federativa del domicilio social de la sociedad.

d) Libro de Sesiones del Consejo de Administración

Los artículos 142 y 143 de la LGSM, establecen que la administración de la sociedad puede llevarse por un órgano colegiado denominado Consejo de Administración y conforme a los artículos 36 y 41, del Código de Comercio, se establece la obligación de asentar en el libro respectivo las juntas que sesione dicho órgano, para ello en dicho libro se asentará:

  • La fecha de la realización de la sesión.
  • Nombres de los asistentes.
  • Acuerdos aprobados.

Si bien, no son todos los libros que tiene la obligación de llevar una empresa, ya que en esta oportunidad no hacemos mención a los libros contables, el contar con todos ellos fomentan el cumplimento de las obligaciones corporativas, mostrando un gobierno corporativo sano que ayude a las empresas a tomar acciones a tiempo para evitar su desaparición del mercado.

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