sociedad civil asociacion civil
¿Conoces las diferencias entre sociedades civiles y asociaciones civiles?

Por: Roberto Colín.

La Sociedad Civil y Asociación Civil son dos formas de organización que comparten similitudes en su estructura, pero que difieren en sus propósitos fundamentales. Por eso, en este artículo conocerás las diferencias entre Sociedad Civil y Asociación Civil, los requisitos legales para su creación, beneficios fiscales y más.

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Prima en suscripción de acciones.
Registro contable y efecto fiscal de la prima en suscripción de acciones

 

Por L.C.C. César Aguiar Aguilar

Cuando las empresas se constituyen para llevar a cabo una actividad económica, los socios tienen que aportar capital para conformar el patrimonio de dichas entidades. En este proceso se pueden involucrar algunas alternativas, como la emisión de una prima al emitir acciones que permitan hacer más justa la integración de los derechos y obligaciones que cada uno de los socios tenga sobre el capital de su empresa, así como fortalecer el valor de la sociedad.… Continuar Leyendo

Determinacion de la PTU de sociedades y asociaciones civiles
Determinación de la PTU de sociedades y asociaciones civiles

C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín

Las Sociedades y Asociaciones civiles se encuentran reguladas en el Título décimo primero del Código Civil Federal (CCF), toda vez que no tienen un carácter preponderantemente económico.

En este sentido, la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) las clasifica como contribuyentes con fines de lucro y sin fines de lucro, dependiendo estas últimas de que su objeto social se ubique en alguno de los supuestos del artículo 79 de la Ley del ISR.… Continuar Leyendo

enajenacion acciones
Principales maneras de realizar la enajenación de acciones y su comprobación

Por: Dunstan Oriel Torres Hernández

Una acción es un título emitido que representa una parte determinada del capital social que da derecho a una parte proporcional en las ganancias y que participa en las pérdidas, acorde con el valor que expresa o representa; por lo tanto, el tenedor del título es el dueño de un derecho patrimonial, igual a la fracción del capital que representa.

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