vigencia del REPSE

¿Cómo verificar la vigencia del REPSE de mis proveedores?

L.C. César Aguilar Aguilar

Ante la primera renovación del Registro de Prestadores de Servicios u Obras Especializadas (REPSE) surge inquietud de los contribuyentes sobre el proceso a seguir para verificar la vigencia del REPSE de los proveedores.

El artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo establece que las personas físicas o morales que proporcionen servicios especializados o ejecuten obras especializadas, deben contar con el registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), conocido como REPSE.

Para su cumplimiento, la STPS publicó el padrón de personas físicas o morales que obtienen el registro para ofrecer servicios especializados o ejecutar obras especializadas mediante la subcontratación. Dicho listado está a disposición de cualquier interesado en la plataforma donde se obtiene y consulta el REPSE.

Ahora bien, el proceso de renovación de la vigencia del REPSE inició en marzo de 2024. En términos del “Acuerdo que modifica el diverso por el que se dan a conocer las Disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo”, las personas físicas o morales inscritas en el padrón, únicamente pueden llevar a cabo el proceso de renovación en las fechas establecidas. Una vez agotado el plazo, la plataforma deshabilitará el módulo de renovación.

Las personas físicas y morales inscritas que no renueven la vigencia del REPSE dentro del plazo, verán la cancelación de su registro.

Consulta de la vigencia del REPSE

Una vez realizada la renovación, el prestador debe informar a los beneficiarios de sus servicios la renovación del registro, independientemente de la verificación que el beneficiario pueda hacer del REPSE. Con ambos procesos, el beneficiario puede garantizar que su proveedor cuenta con la vigencia del REPSE renovada.

La consulta del Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas permite verificar:

  • Fecha de consulta.
  • Registro Localizado Folio.
  • Nombre o Razón Social.
  • Entidad / Municipio.
  • Aviso de registro N. / Fecha de aviso de registro.
  • Vigencia del Registro.
  • Oferta de servicios.

No cumplir con la obligación de renovación y continuar la prestación de servicios conlleva sanciones económicas, tanto para el prestador como para el beneficiario.

Las multas pueden ir de los $5,428.50 hasta los $542,850.00 para el prestador; mientras que el beneficiario se enfrenta a multas que van de los $217,140.00 hasta los $5,428,500.00. Adicionalmente, el incumplimiento tiene implicaciones en materia fiscal, pues lo servicios recibidos no serán considerados gastos deducibles y el IVA pagado, no acreditable.




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