
M.D.T. y L.C. Mabel Salazar
Si dudas tienes acerca de cómo funciona el fondo de ahorro del trabajador has llegado al lugar correcto. Pensando en hacer más fácil su comprensión y tratamiento, creamos este artículo en el que te contamos todo lo que debes saber, desde qué es hasta algunas recomendaciones para su manejo fiscal.
Acomódate y toma nota, seguro será de tu interés. Te veo en el camino.
¿Qué es el fondo de ahorro y cuál es su propósito?
Es una prestación voluntaria mediante la cual tanto el trabajador como el patrón realizan aportaciones periódicas (mensuales, quincenales o semanales) con el fin de acumular un capital que se entrega al final del periodo establecido o al terminar la relación laboral.
Su propósito principal es fomentar la cultura del ahorro, incrementar el patrimonio del trabajador y ofrecer un respaldo financiero adicional sin implicaciones fiscales negativas laborales para la empresa.
Aunque no es una prestación obligatoria por ley, es muy utilizado debido a que no causa ISR (Impuesto Sobre la Renta) si se respeta la normativa aplicable y no se integra al salario base de cotización ante el IMSS.
En otras palabras, el empleado puede ahorrar una parte de sus ingresos de forma periódica y recibir al mismo tiempo aportaciones por parte de su patrón. Y al finalizar el periodo establecido, el dinero será entregado al trabajador.
Beneficios del fondo de ahorro para el trabajador y la empresa
Aplicar este tipo de ahorro trae beneficios tanto para los trabajadores como para la empresa; conócelos a continuación:
Para el trabajador:
- Exención de ISR sobre los montos recibidos, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la Ley del ISR, particularmente el artículo 27, fracción XI.
- Ahorro programado con aportaciones de la empresa, potenciando el monto final.
- Como no se considera salario para efectos del IMSS, Infonavit ni Afore, no afecta las prestaciones ni cotizaciones.
Para la empresa:
- Deducción fiscal si las aportaciones cumplen con los límites y requisitos de deducibilidad previstos en la LISR (“deducciones personales ley isr” aplica para personas físicas en su declaración anual, pero aquí se trata de gasto deducible empresarial).
- Mejora en la satisfacción y retención del talento, sin incrementar el salario base.
- Políticas alineadas con cumplimiento fiscal ante el SAT y demás autoridades.
Requisitos fiscales para que el fondo de ahorro sea deducible y exento
La Ley del Seguro Social en su artículo 27 establece: los fondos de ahorro deben estar compuestos por aportaciones iguales por parte del trabajador y del empleado, que deberán ser cubiertas mensual, quincenal o semanalmente.
El empleado no puede retirar dinero de su fondo más de dos veces en el año, en caso de realizarlo, dichas aportaciones serán consideradas como parte del salario y se sujetaran a los términos fiscales correspondientes.
Según el artículo 93, fracción XI de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, los fondos de ahorro no generan impuesto, ya que se trata de un gasto de previsión social, siempre y cuando cumpla los siguientes requisitos:
Límite de aportaciones permitidas por ley
- Las aportaciones no pasen el 13% del sueldo del empleado, sin que en ningún caso dicha aportación exceda del monto equivalente de 1.3 veces la UMA elevada al año.
- Los patrones y los empleados aporten la misma cantidad al fondo.
- Se otorgue sin preferencia y todos los trabajadores disfruten del mismo beneficio.
- Se retiren una vez al año o al finalizar la relación laboral.
Condiciones para su deducibilidad según la Ley del ISR
- La aportación del empleador debe ser igual a la del trabajador, en monto y periodicidad.
- Ser una prestación general, otorgada de forma uniforme y sin preferencias a todos los trabajadores por igual.
- Debe entregarse una sola vez al año o al término de la relación laboral; no se permiten múltiples retiros en el periodo fiscal, salvo se cumpla con las reglas de permanencia del reglamento.
- Si se hacen más de un retiro anual, las aportaciones excedentes se consideran salario y pierden exención fiscal.
Exención de impuestos en la declaración del trabajador
El fondo de ahorro es considerado un ingreso exento de ISR para el trabajador bajo el artículo 93, fracción XI de la LISR, siempre que se respeten los requisitos ya mencionados. Incluso los intereses derivados del fondo pueden ser exentos si provienen del fondo legítimo.
Si se cumplen todos los requisitos cabalmente, las aportaciones podrán ser deducibles de impuestos.
Para que la empresa pueda deducir las aportaciones al fondo y este siga siendo exento para los trabajadores, se ejercerá la opción del artículo 47 del Reglamento de la LISR, consistente en determinar el impuesto a cargo de los excedentes, el cual se considera como un ingreso gravado para los trabajadores y no deducible para la empresa.
Consideraciones en la nómina y seguridad social
Dentro de las principales consideraciones que debes tener en cuenta a la hora de darle tratamiento fiscal al fondo de ahorro están:
¿Integra salario base de cotización ante el IMSS?
No. Siempre que el fondo cumpla con los requisitos legales y no supere los límites, no se integra al salario base de cotización. Por tanto, no afecta cálculos en el IMSS, Infonavit ni Afore.
¿Puede haber retención en trabajadores con salario mínimo?
La Ley Federal del Trabajo en sus artículos 97 y 110 refiere que las deducciones del sueldo de un trabajador, cuando gane el mínimo establecido por el Estado, están prohibidas por causa de fondos de ahorro, ya que no se puede percibir una cantidad menor que un sueldo mínimo. Sin embargo, cuando se cobre un sueldo superior al mínimo, sí es válida una deducción contractual, siempre y cuando no se exceda del 30% del ingreso mensual bruto.
¿Qué pasa si no se cumplen los requisitos fiscales?
Al haber incumplimiento en los requisitos el excedente final será considerado como ingreso sujeto a ISR. Además, si la aportación del patrón no es igual a la del empleado o no se entrega conforme a las reglas de permanencia, se pierde el tratamiento fiscal preferente:
- Para la empresa: se pierde la deducibilidad.
- Para el trabajador: el monto se acumula como ingreso, genera retención y se grava con ISR.
Recomendaciones para una correcta planeación fiscal
Esta planeación fiscal es clave para maximizar los beneficios del fondo de ahorro tanto para el trabajador como para la empresa, por eso, debes tener en cuenta las siguientes recomendaciones con el fin de realizarla correctamente:
- Establecer un reglamento claro del fondo, donde se definan porcentajes de aportaciones, plazos, reglas de retiro y periodicidad.
- Garantizar la igualdad de aportación entre patrón y trabajador.
- Respetar el tope del 13 % del salario anual y el límite de 1.3 UMA anual.
- Registrar todas las operaciones vía CFDI, preferiblemente utilizando monederos electrónicos autorizados por el SAT, para acreditar los gastos de previsión social deducibles.
- Establecer al inicio del año un cronograma de retiros (al final del año o al término de relación laboral).
- Incluir líneas de actuación en caso de incumplimientos o ajustes legales futuros.
- Evaluar anualmente la adecuación al marco legal vigente.
Estas prácticas permiten una planeación fiscal estratégica, ahorrando recursos, evitando contingencias y contribuyendo al bienestar del equipo.
Modelo de reglamento del fondo de ahorro: Claves y mejores prácticas
Aquí algunos elementos esenciales que debe contener un modelo de reglamento de fondo de ahorro bien estructurado:
- Definir claramente qué es el fondo de ahorro y a qué trabajadores aplica.
- Porcentaje definido (máx. 13 % del salario), periodicidad, mecanismo de igualación patrón–trabajador.
- Antigüedad mínima, periodo de prueba, etc.
- Número de retiros (máximo uno por año), plazos, documentación requerida.
- Destino de los recursos al finalizar relación laboral.
- Prohibición de múltiples retiros anticipados.
- Emisión de comprobantes y uso de monederos electrónicos autorizados (según reglas del SAT).
- Cláusula de permanencia y cumplimiento legal.
- Resolución de controversias y revisiones.
- Actualización anual para reflejar ajustes en UMA, porcentajes o normativa fiscal vigente.
Este modelo de reglamento de fondo de ahorro asegura que la política interna esté alineada con la legislación fiscal aplicable y fortalece la estructura operativa y documental.
Declaración anual del trabajador y deducciones personales
En la declaración anual del trabajador (DAISR), los montos exentos del fondo de ahorro pueden incorporarse dentro de los ingresos por salarios. Si bien no constituyen deducciones personales para personas físicas (es decir, no se aplican como deducción personal ley ISR), sí deben reflejarse correctamente en la declaración anual para evitar acumularlos como ingreso gravable.
El trabajador puede aprovechar sus propias deducciones personales autorizadas como colegiaturas, intereses hipotecarios, gastos médicos, etc., pero el fondo de ahorro no se deduce en ese apartado, sino que se reporta como ingreso exento.
En resumen, el fondo de ahorro representa una herramienta clave para promover el bienestar financiero de los trabajadores y optimizar la carga fiscal de las empresas. Con el fin de |aprovechar al máximo sus beneficios, es fundamental cumplir con los requisitos establecidos en la Ley del ISR, como el tope del 13 % del salario anual, el límite de 1.3 veces la UMA, la aportación igualitaria entre patrón y trabajador, y la entrega del fondo una vez al año o al finalizar la relación laboral.
Además, contar con un modelo de reglamento del fondo de ahorro claro y actualizado facilita el cumplimiento normativo y previene riesgos fiscales. Cuando se implementa correctamente, este esquema se convierte en un instrumento efectivo de planeación fiscal, al mismo tiempo que fortalece la cultura del ahorro, mejora la retención de talento y asegura una correcta aplicación en la declaración anual del trabajador, respetando la exención de ISR y los criterios de deducciones permitidas.
Hey, llegaste al final. Ahora que sabes cómo funciona y cuál es el tratamiento fiscal del fondo de ahorro asegúrate de implementarlo correctamente para aprovechar sus beneficios ya seas empleador o empleado. ¡Nos vemos en la siguiente entrega!
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