Aspectos a considerar en el programa de reducción de multas anunciada por el SAT

Por: L.C. César Aguilar Aguilar.

El pasado 31 de agosto el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió el Comunicado 041/2022 en donde dio a conocer una facilidad administrativa para la reducción de multas en materia fiscal.

Esta facilidad está prevista en el artículo 74 del Código Fiscal de la Federación (CFF), donde se indica que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá reducir hasta el 100% de las multas por infracción a las disposiciones fiscales y aduaneras, incluso las determinadas por el propio contribuyente, para lo cual el SAT establecerá, mediante reglas de carácter general, los requisitos y supuestos por los cuales procederá la reducción, así como la forma y plazos para el pago de la parte no reducida.

El Comunicado está dirigido a todos los contribuyentes que tienen multas en materia fiscal derivadas del incumplimiento en las declaraciones de impuestos anteriores a 2022, dichos contribuyentes podrán obtener hasta el 100 % de reducción de dichas multas.
El requisito para obtener tal beneficio es estar al corriente con las obligaciones fiscales.

Para tales efectos, los contribuyentes que podrán aplicar dicha facilidad son:

a) Los que recibieron notificaciones de requerimiento y de la multa, pero que no recibieron requerimiento de cobro de la misma, podrán acceder a la reducción del 100 por ciento.

b) Los que recibieron notificaciones de requerimiento, así como de la multa y también el requerimiento de cobro de la misma, obtendrán una reducción hasta del 90%, de acuerdo con la siguiente tabla:76

El Comunicado señala que para obtener el formato de pago de las multas se deben seguir estos pasos:

  1. Ingresar al Portal del SAT, a través de esta liga:
    https://www.sat.gob.mx/aplicacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como contribuyente
  2. Seleccionar la opción “Servicio o solicitudes/Solicitud/REDUCCIÓN DE MULTAS VIG 74 CFF”.
  3. Por medio de Marca SAT 55 6272 2728, elegir la opción 9 y después 1; una vez registrada la solicitud llegará el formato de pago a través de la cuenta de correo que se haya proporcionado.

Esta facilidad del SAT tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.
En este comunicado se reitera y confirma el compromiso del SAT para consolidar el abc institucional: aumentar la recaudación, bajar la evasión y elusión fiscal y combatir la corrupción.

Por último, es importante que los contribuyentes que ejerzan esta facilidad revisen el impacto que podría tener en sus relaciones con clientes, instituciones bancarias, inversionistas, etc.; toda vez que —en términos del artículo 69 de del CFF— el SAT publicará en su página de Internet el nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de contribuyentes de aquellos que se ubiquen, entre otros, en el supuesto de que se les hubiese condonado algún crédito fiscal.

El listado de contribuyentes (Artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, al que referimos) puede consultarse aquí.

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