CFDI de nomina
CFDI de nómina, diferencias en la retención y ajuste de sueldos

L.C. César Aguilar Aguilar

El artículo 97 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece como obligación de las personas físicas y morales, en carácter de empleadores, determinar el ISR anual. Así como efectuar el ajuste de sueldos y salarios correspondiente a los trabajadores que prestaron servicios personales subordinados.

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complemento de recepcion de pagos
Complemento de recepción de pagos: emisión fuera de plazo

Mtro. y L.C. Alejandro Bolaños Pérez

El artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que:

Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que se perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.

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donacion de bienes
Donación de bienes: ¿cómo emitir el CFDI?

L.C.C. César Aguilar Aguilar

Para 2023, todas las personas morales que tributen en el Título III de la Ley del ISR y hayan obtenido la autorización de recibir donativos deducibles, tienen la obligación de expedir los CFDI por los mismos. Ya sean en efectivo o en especie, dichos comprobantes deben contener los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación (CFF) y las disposiciones de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria (SAT)

Lo anterior va de acuerdo a los artículos 29 y 29-A del CFF; el artículo 86, fracciones II y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR); y, la regla 2.7.5.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).… Continuar Leyendo

Emision del Complemento de Pagos
Emisión de complemento de recepción de pagos del CFDI: ¿Sólo en pagos diferidos o en pagos en parcialidades?

L.C. César Aguilar Aguilar

Haciendo un poco de historia, recordemos que la factura del complemento de pagos entró en vigor el 1 de julio de 2017, siendo obligatoria a partir del 1 de septiembre del 2018.

Sin embargo, a partir del 1 de enero del 2022, se actualiza la versión del complemento de pagos a la versión 2.0, siendo su uso obligatorio a partir del 1 de abril del 2023, en donde destacan los siguientes cambios: a) nuevos campos para identificar sí los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos, b) un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan y c) la identificación de los pagos a cuenta de terceros.… Continuar Leyendo

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