blgsc 12d
Saldos a favor de impuestos recuperados: ¿Ingresos acumulables?

C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín

Un saldo a favor de impuestos se genera por cantidades pagadas en exceso de la contribución, de tal suerte que el contribuyente —en términos de los establecido en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF)— puede solicitar su devolución, o bien, realizar su compensación conforme al artículo 23 del CFF.

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blgsc09d
Beneficios de contar con una opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales

M.D.T. y L.C. Mabel Salazar

Hoy es común que al realizar transacciones comerciales o de servicios se solicite la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales a los partícipes de dichos arreglos.

Podemos solicitar este trámite en el portal de la autoridad fiscal.… Continuar Leyendo

blgsc05d
Aspectos fiscales sobre la Reforma Laboral en materia de vacaciones dignas

Mtro. y L.C. Alejandro Bolaños Pérez

Conoce todos los aspectos fiscales de la Reforma Laboral en materia de Vacaciones Dignas en México. Es muy importante estar atentos a la aprobación y entrada en vigor de esta reforma; sobre todo como responsables de esta área en las empresas para realizar un ejercicio anticipado.

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blgsc 01d
Préstamos, aumentos de capital y aportaciones para futuros incrementos de capital que podrían ser ingresos acumulables

L.C. César Aguilar Aguilar

¿Qué ingresos deben ser informados ante las autoridades fiscales? Personas Físicas y Personas Morales.

Los contribuyentes personas morales que obtengan ingresos como los señalados en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), además de otras obligaciones establecidas en él, deberán informar a las autoridades fiscales —a través de los medios y formatos que para tal efecto señale la autoridad fiscal mediante reglas de carácter general—, los préstamos y aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo (en moneda nacional o extranjera) mayores a 600 mil pesos, dentro de los quince días posteriores a la recepción de las cantidades correspondientes (artículo 76, fracción XVI de la LISR).… Continuar Leyendo

blgsc 30n
Tratamiento de los viáticos sin comprobante no deducidos por la empresa: ¿Ingreso para el trabajador?

C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín

Se considera como viáticos: Aquellos montos de dinero que el patrón entrega al trabajador para que pueda sufragar gastos por realizar su trabajo en un lugar que se encuentre fuera de la franja de 50 kilómetros que circunde el establecimiento del patrón y que le beneficie directamente.

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