Estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos 2020

Por: L.C. Luis Velasco.

El 6 de noviembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios electrónicos de pago.

Conforme a los considerandos del Decreto, el mismo tiene la finalidad de dar continuidad a los sorteos «El Buen Fin», en el cual se han entregado desde 2013 premios a las personas físicas ganadoras por la adquisición de bienes o servicios con medios de pago electrónicos.
Asimismo, tiene la finalidad de dotar integralidad al Sorteo «El Buen Fin» para promover la formalidad de quienes enajenan bienes o prestan servicios, al mismo tiempo de incentivar el consumo final, y contribuir con ello a la recuperación de la economía nacional, la cual se ha visto afectada por la pandemia provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).
El objetivo general de este Decreto es otorgar a las entidades financieras y demás entidades que emitan tarjetas un estímulo por la entrega de premios que efectúen a sus tarjetahabientes personas físicas cuando los mismos hayan utilizado como medios de pago tarjetas de crédito o débito en la adquisición de bienes o servicios dentro del periodo que comprenda el denominado “El Buen Fin”, del 9 al 16 de noviembre, que resulten ganadores en el sorteo que lleve a cabo el Servicio de Administración Tributaria (SAT), así como a las personas físicas o morales que enajenen bienes o presten servicios y reciban como medios de pago tarjetas de crédito o de débito durante el mismo periodo, cuyos ingresos acumulables en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de $5,000,000.
Dicho estímulo consistirá en acreditar contra el ISR propio o del retenido a terceros por este impuesto, el importe entregado como premio a los tarjetahabientes.
La suma total del monto de los premios entregados por las entidades financieras, instituciones bancarias y entidades financieras relacionadas con dichas instituciones, no podrá exceder en su conjunto de $500 millones.
Adicionalmente, el estímulo podrá acreditarse hasta agotarlo, en los meses siguientes a aquél en que se realice la entrega de los premios a cada ganador, y una vez que se haya entregado al SAT la información que se determine a través de reglas de carácter general.
Como en otras ocasiones, el SAT emitirá las reglas de carácter general necesarias para la aplicación del estímulo de referencia. Finalmente, el decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación ( 7 de noviembre de 2020)  y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2021.

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