Formas de pago internacional: la guía con todo lo que necesitas saber

Por: Mtro. Jorge Javier Rodríguez Puig.

Conoce a detalle las diversas formas de pago que se general en la celebración de compra-venta de mercancías en el extranjero.

La Organización Mundial de Comercio (OMC) es un Organismo Internacional que regula las relaciones comerciales entre sus países miembros. Se encarga también de impedir, en la manera de lo posible, que se cometan las llamadas prácticas desleales al Comercio Internacional entre Estados (Dumping y Subvenciones) así como intentar crear regulaciones que ayuden a proteger sus tres principios internacionales es decir ‘Nación más favorecida, aranceles y trato nacional’.

Financiamiento para el intercambio internacional (Carta de crédito o créditos documentados)

Para realizar operaciones internacionales, existen diversos métodos para realizar los pagos que se generen por la celebración del contrato de compraventa de mercaderías en el extranjero, métodos que a continuación enlistamos:

a) “CASH IN ADVANCE (CIA). Método de pago utilizado para mercados que son mundialmente reconocidos como pocos confiables, es decir que poseen insolvencias, se encuentran endeudados o que difieren pagos es más que en muchas ocasiones No pagan. Es por lo anterior que utilizamos este método de “Pago por adelantado”. Con este método de pago, la mercadería es enviada al comprador después de que el vendedor ha cobrado el precio de la transacción.
b) “CASH AGAINST DOCUMENTS” (CAD). En esta variante las facturas, documentos, títulos de propiedad (cualquier documento legal que acredite la propiedad de la mercadería), son retenidos por el vendedor hasta el momento en que “pasa el pago” por las mercaderías negociadas. Como su nombre lo indica significa “Pago contra documentos”. Con este método de pago logramos evitar las comisiones que se deriven por aperturar una carta de crédito.
c) “LETTER OF CREDIT” (L/C) o Carta de Crédito o Crédito documentario. La carta de Crédito es la forma más popular y es la forma de pago internacional más utilizada en operaciones del comercio internacional.

¿Cómo funciona una carta de crédito? Un Banco se obliga a pagar al vendedor (“beneficiario del pago”), siempre y cuando este último presente el 100% de los documentos referidos (jurídicamente este acto se llama obligación condicional ya que hasta que no se cumpla con la condición no se liberará el pago). Los documentos requeridos pueden ser por ejemplo: factura comercial por triplicado, original del conocimiento de embarque (Bill of Lading o B/L), certificado del pago de seguro, certificado de origen de las mercaderías, entre otros.

Podemos definir a la carta de crédito o crédito documentario de la siguiente manera: ”La carta de crédito es un contrato en virtud del cual un Banco (llamado Banco emisor) obrando ya sea por cuenta propia o a petición de un cliente (ordenante del crédito) y de conformidad con sus instrucciones, se obliga a efectuar el pago a un tercero (beneficiario) o autoriza a otro Banco a efectuar el citado pago, todo lo anterior siempre y cuando el beneficiario presente los documentos exigidos dentro del tiempo límite especificado siempre y cuando se hayan cumplido los términos y condiciones del crédito en tiempo y forma.
Todos los documentos que deben ser entregados tienen que cumplir con todos y cada uno de los requisitos legales.

Operatividad práctica de una carta de crédito

CONFIRMACIÓN
La confirmación de la carta de crédito opera cuando un Banco ubicado en el país del vendedor puede confirmar la carta de crédito emitida por otro Banco en el país del comprador. Esta operación incrementa la seguridad para el exportador, ya que los Bancos que participan en la operación son solidariamente responsables por el pago de dicho documento.

Por el grado de responsabilidad que tienen los Bancos para con el cliente por la emisión y confirmación de las cartas de crédito los Bancos, cobran una comisión que generalmente paga el comprador, sin embargo las partes en el contrato de compraventa internacional tienen la libertad de pactar algo diferente.

REVOCACIÓN DE LA CARTA DE CRÉDITO
Las partes (vendedor y comprador) pueden (si así lo pactan) hacer unilateralmente ciertos cambios –revocable- o bien acordar que no se puedan realizar cambios a la carta de crédito –irrevocable- si se opta por la carta de crédito irrevocable quiere decir que no pueden efectuarse cambios fuera de los establecidos en el acuerdo. En la práctica se recomienda que mejor sea irrevocable.

Grados de seguridad de los títulos de crédito que pueden utilizarse en una operación de comercio internacional
  • Los cheques/Giros Bancarios/Ordenes de pago tienen un nivel de seguridad BAJO.
  • La Cobranza Bancaria Internacional tiene un nivel de seguridad
  • La Carta de crédito o crédito documentario tiene un nivel de seguridad ALTO.
Procedimiento para la emisión de una carta de crédito

a) Una vez que se han puesto de acuerdo tanto el Comprador y el Vendedor en el objeto (mercadería), precio cierto y en dinero el Comprador tiene la obligación de tramitar ante su Banco de preferencia la apertura de una carta de crédito en favor del Vendedor. El Banco emisor va a pedirle una garantía al Comprador una garantía como lo es una cuenta personal, fianza, prenda, hipoteca, bienes, etc. Esto dependerá de la política interna de la institución Bancaria.
b) El Banco emisor (Banco del Comprador), elabora una carta de crédito revocable o irrevocable, con instrucciones al vendedor (beneficiario) sobre el envío de la mercadería.
c) El Banco emisor envía la carta de crédito a un Banco que se encuentre en el país del vendedor y le solicita que se confirme la carta. El banco receptor de la carta de crédito puede ser a elección del vendedor o bien el Banco emisor lo designa (un Banco corresponsal una filial o una sucursal).
d) El Banco receptor que se encuentra en el país del vendedor prepara una carta de confirmación y la envía al exportador (vendedor).
e) El vendedor (exportador) revisa todas las condiciones de la carta de crédito poniendo énfasis en las fechas de envío para avisarle al comprador (importador) de inmediato si puede o no cumplir con lo estipulado en la citada carta de crédito.
f) Ya que las partes se han puesto de acuerdo el exportador (vendedor) se coordina con su agente de carga/agente aduanal/representante legal aduanero para enviar la mercadería a destino.
g) Se envía la carga y se incluyen todos los documentos establecidos en la carta de crédito original.
h) El exportador presenta al Banco de su país la confirmación de la carta de crédito añadiendo todos los documentos que demuestren que ha cumplido en tiempo y forma las condiciones estipuladas en la multicitada carta de crédito.
i) El Banco revisa la documentación y posteriormente los envía al Banco del comprador (Banco emisor) para que también los revise y le notifique al comprador su dictamen.
j) El comprador recibe toda la documentación para retirar la mercancía pactada en el punto convenido de la entrega (puede ser en la aduana por ejemplo).
k) El Banco del comprador paga la carta de crédito, según los plazos y condiciones previstas con el respectivo pago de intereses y cobro de comisiones.

Cartas de crédito especiales

Existen créditos documentarios que implican un mayor grado de participación de los Bancos así como de otros actores (evidentemente las cartas que mencionaremos a continuación tienen un costo mayor).

Partiendo del principio de autonomía de las partes pueden plantear diversos requisitos según sus necesidades y las más comunes son:

a) “Stand by”.- Este tipo de cartas de crédito son utilizadas principalmente en los Estados Unidos de América como una forma de garantizar el cumplimiento de una obligación, por lo que se hacen efectivas al suceder el incumplimiento. Este tipo de cartas de crédito son abiertas por el vendedor, a favor del comprador, como una forma de garantizar que se cumpla con las condiciones establecidas en el contrato de compraventa. Aplica por ejemplo para garantizar la devolución de préstamos, ejecución de obras o entrega de mercancía por terceros.
b) “Revolving”.- Carta de crédito que consiste en restaurar el monto del crédito original, a partir de varias operaciones. Existe una cuenta de crédito disponible “revolvente”, en donde existen varios retiros de efectivo, pero también varios depósitos en cierto tiempo (siempre se tiene que reponer la cantidad de dinero que se retira). Este documento aplica para operaciones que tienen una cierta continuidad (on-going) por ejemplo contratos de suministro. Los montos utilizados pueden acumularse para la siguiente operación (Acumulativa) o bien las partes pueden acordar que No (No acumulativa).
c) “Deferred Payment Setter of Credit “De pago diferido.- El comprador recibe la mercancía, con la condición de pagar en un plazo determinado.
d) “Payable at sight” Pago a la vista.- El comprador debe pagar al mismo tiempo que recibe la mercancía.
e) “Red Clause” Cláusula roja.- Es un anticipo o adelanto que proporciona el Banco del comprador al vendedor para que trabaje en la elaboración de las mercancías. Puede ser total o parcial.
f) “Green clause” Cláusula verde.- Los anticipos se otorgan con base a una garantía concreta misma que muchas veces puede ser las mismas mercancías que previamente deberán ser depositadas en un almacén general de depósito. Con este tipo de cartas de crédito disminuye el riesgo de incumplimiento ya que si esto sucede el Banco en un momento dado se queda con la mercancía.
g) Transferible.- Crédito documentario riesgoso para el Banco ya que el crédito documentario se expide en favor del vendedor, quién puede entregarla total o parcialmente a un tercero (que puede ser el fabricante original para que se beneficie del crédito.
h) “Back to Back” Este crédito documentario se emite con el soporte o garantía de una carta de crédito previa. Este tipo de documentos son muy utilizados para el financiamiento el logística por ejemplo el comprador emite una carta de crédito al vendedor quien a su vez extiende otra carta de crédito a un intermediario que a su vez puede expedir otra u otra carta de crédito a los fabricantes, quienes a su vez expiden otra carta de crédito para pagarles a sus proveedores todo el soporte se entrega en la primera carta de crédito No hay movimiento de dinero, sino solo la promesa de pago.

Consideraciones finales
  1. Los bancos únicamente pagan el monto que indica la carta de crédito. Es importante considerar que muy probablemente existan otros gastos como por ejemplo el transporte, seguros, maniobras que no vengan incluidos en el crédito documentario.
  2. Si no se cumplen todos los requisitos de la carta de crédito (lo más común plazos de entrega), no será posible cobrarla. Este punto es de vital importancia para el vendedor quien debe hacer un análisis de los alcances de su infraestructura para logar cumplir en tiempo y forma, también si los documentos entregados no se entregan en los plazos previstos o tienen errores el documento será incobrable.
  3. Las cartas de crédito son muy útiles ya que el exportador conoce desde un primer momento los términos y condiciones para obtener su pago, se eliminan los riesgos de insolvencia por parte del comprador, es confiable la operación ya que el Banco está detrás de la operación, puedes contratarla mediante Internet o banca digital mientras que el importador tiene la seguridad de que no cobrará el beneficiario si no embarca la mercancía y en consecuencia solo se efectuará el pago hasta que el vendedor haya cumplido en los términos y condiciones del crédito.
  4. Si la carta de crédito no ha sido cobrada en el periodo de tiempo establecido el crédito documentario “caducará” y en consecuencia NO podrá cobrarse y se tendrá que generar una nueva.
  5. Sugerimos negociar un plazo de entrega de las mercancías “dividido” en envíos parciales lo anterior para poder solucionar en todo momento imprevistos.

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