Ingresos asimilados a salarios: nuevos requisitos

Por: Roberto Colín

Conoce los montos que permitirán tributar como ingresos asimilados a salarios y los requisitos que deben cubrir.

El 8 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto con el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación. En dicho decreto, se contempló la adición de un último párrafo al Artículo 94 de la LISR, para quedar de la siguiente manera:

Cuando los ingresos percibidos en el ejercicio por los conceptos a que se refieren las fracciones IV, V y VI de este artículo, hayan excedido en lo individual o en su conjunto, setenta y cinco millones de pesos, no les serán aplicables las disposiciones de este Capítulo, en cuyo caso las personas físicas que los perciban deberán pagar el impuesto respectivo en los términos del capítulo que corresponda de conformidad con las disposiciones de este Título a partir del mes siguiente a la fecha en que tales ingresos excedan los referidos setenta y cinco millones de pesos.

Las personas físicas que se encuentren en el supuesto establecido en este párrafo, deberán comunicar esta situación por escrito a los prestatarios o a las personas que les efectúen los pagos, para lo cual se estará a lo dispuesto en las reglas de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria.

De esta adición al Artículo 94 de la LISR se desprende que, para tomar la opción de tributar como ingresos asimilados a salarios, a partir del 1 de enero de 2021 las personas físicas que obtengan ingresos —en lo individual o en su conjunto— no sean superiores a 75 millones de pesos por concepto de:

a) Honorarios por servicios prestados preponderantemente a un prestatario.
b) Contraprestaciones derivadas de servicios personales independientes.
c) Actividades empresariales.

Finalmente, mencionar que la Cámara de Diputados consideró que el límite de ingresos que contiene la medida propuesta es suficientemente amplio para evitar que se afecte a los contribuyentes, a quienes en realidad les aplica el esquema de asimilados y que les representa una facilidad administrativa, por lo que ayudaría a inhibir las prácticas de evasión fiscal identificadas por las autoridades fiscales.

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