M.D.T. y L.C. Mabel Salazar
A partir del 28 de octubre del 2022 se aprobó por la Cámara de Diputados la reforma que hace OBLIGATORIA la seguridad social para trabajadores del hogar.
Dejando con ello atrás que su incorporación fuera voluntaria. Con esta reforma se pretende que los trabajadores del hogar tengan acceso a servicios médicos, hospitalarios y atención obstétrica, así como incapacidad y pensión por invalidez.
Se prevé que, con este nuevo esquema (que favorece a darles de alta bajo procedimientos muy sencillos, virtuales e inmediatos) las personas empleadoras podrán dar de alta a sus trabajadores del hogar. Se prevé que no será necesario contar con registro patronal para que la persona pueda realizar la inscripción.
Si eres empleador y quieres saber el proceso para realizar el trámite, te lo presentáramos a continuación:
- Preparar los datos necesarios para el alta. Entre los datos solicitados encontramos: nombre completo, CURP, domicilio y correo electrónico del empleador. Así como también los datos del trabajador: nombre completo, CURP, número de seguridad social, domicilio particular, salario diario y días trabajados.
- Ingresar los datos del empleador en la plataforma. Entrar a la página del IMSS. Los datos que se ingresan son nombre completo, CURP, domicilio y correo electrónico.
- Después: ingresar los datos del empleado en la plataforma. Entrar a la página del IMSS, Los datos que se ingresan incluyen número de seguridad social, CURP y domicilio. También se indican los días que labora la persona, el sueldo diario y el periodo de cobertura social.
- Calcular la cuota. Una vez que se hayan ingresado los datos solicitados, el sistema hará el cálculo de la cuota dependiendo de los días trabajados al mes y el salario diario del trabajador. La cuota total incluye la aportación patronal y la aportación del trabajador. Es importante mencionar que el empleador debe de retener la cuota obrera, pues solo se pagará una sola cantidad que incluye ambas aportaciones.
- Realizar el pago. El sistema generará una línea de captura con la cuota total a cubrir. El pago se puede realizar en cualquier banco en ventanilla, en banca en línea o por transferencia electrónica. Y va a depender de sus días trabajados, y su salario asignado. No importando si es el empleo de planta o de “entrada por salida” (o si laboran en diferentes casas -el pago se efectúa por cada empleador-).
Se puede hacer el cálculo de las aportaciones por medio de la calculadora en línea que el IMSS ha puesto a disposición del público en general, en este link.
Como pueden observar el trámite es sencillo, ya que se puede realizar en línea, sin necesidad de acudir a alguna subdelegación del IMSS. El aseguramiento será inmediato.
El trámite se realiza una sola vez y el pago se realiza de manera mensual. Es necesario realizar el pago a más tardar el día 20 de cada mes. Y el aseguramiento de la persona trabajadora se da por terminado al concluir la relación laboral.
Ahora bien, si trabajan vía una agencia de empleo, le corresponde a dichas empresas inscribirlas y pagar sus cuotas patronales.
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