
L.C. César Aguilar Aguilar
Conoce los cambios realizados al aplicativo para la presentación de la Declaración Anual de Personas Morales correspondiente al ejercicio fiscal 2022
La autoridad fiscal publicó el pasado 20 de diciembre la nueva versión del aplicativo para la presentación de la Declaración Anual (DA) de las personas morales, correspondiente al ejercicio fiscal 2022.
Dicho aplicativo presenta cambios importantes con el objetivo de obtener información detallada de los contribuyentes que permita a la autoridad fiscal realizar una mayor fiscalización.
El cambio más relevante, es el requerimiento de dos Estados Financieros básicos:
- Estado de variaciones en el capital contable
- Estado de flujo de efectivo (de origen y aplicación de recursos)
En este sentido, es importante recordar que el Apartado B del artículo 33 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación (CFF) señala que los registros o asientos contables deberán permitir formular los Estados de Posición Financiera, de Resultados, de Variaciones en el Capital Contable, de Origen y Aplicación de Recursos, así como las balanzas de comprobación, incluyendo las cuentas de orden y las notas a dichos Estados.
De acuerdo con la Norma de Información Financiera A-7, aplicable en México, las Notas a los Estados Financieros son explicaciones que amplían el origen y significado de los datos y cifras que se presentan en dichos Estados; proporcionan información acerca de la entidad y sus transacciones, transformaciones internas y otros eventos que la han afectado o podrían afectarla económicamente; así como la repercusión de políticas contables y de cambios significativos. Por lo tanto, las Notas forman parte de los Estados Financieros.
Las Notas a los Estados Financieros deben presentarse siguiendo un orden lógico y consistente: considerando la importancia de la información contenida en ellas, en la medida que sea práctico. Las notas que correspondan a información significativa deben relacionarse con los correspondientes renglones de los Estados Financieros.
Lo anterior le permitirá a la autoridad fiscal poner especial atención a las transacciones, transformaciones internas y otros eventos que han afectado o podrían afectar económicamente a una entidad, las cuales además de tener un impacto financiero pueden tener un impacto fiscal.
Ahora bien, es importante aclarar que el apartado de los Estados Financieros de la DA para 2022 solo se habilitará si la entidad no dictamina sus Estados Financieros y no presenta la Información sobre su Situación Fiscal, también conocido como ISSIF por sus siglas en español, lo cual será aplicable a la gran mayoría de personas morales, contribuyentes del Impuesto sobre la Renta.
Otras novedades incluidas en el aplicativo relacionadas con los Estados Financieros, son las siguientes:
a) La información de los Estados financieros deberá ser comparativa, es decir, se mostrarán las cifras del ejercicio 2022 y del ejercicio 2021.
b) Se incluye la opción de agregar notas en cada uno de los conceptos que integran los Estados Financieros, esto para proporcionar explicaciones por variaciones significativas que se muestren en los mismos.
c) En el Estado de Situación Financiera se incluyen nuevos rubros de activo, pasivo y capital.
d) Por lo que se refiere al Estado de Resultados Integral se incluye el detalle de otros resultados integrales (ORI).
e) En el Estado de Resultados Integral del ejercicio 2022 deberá clasificarse cada partida entre partes relacionadas y partes no relacionadas. Sin embargo, para las cifras del ejercicio 2021 no es necesaria dicha clasificación.
f) Por lo que respeta al Estado de Flujo de Efectivo se incluye la opción de aplicar el
método directo o el método indirecto.
g) Mientras que en el caso del Estado de Variaciones en el Capital Contable se deberá partir de los saldos al 31 de diciembre 2021.
Por último, es importante subrayar que el aplicativo también incluye novedades relacionadas con la conciliación contable fiscal, los ingresos acumulables y las deducciones autorizadas, entre las cuales se encuentran:
a) La información que se incluirá en la conciliación contable fiscal deberá ser comparativa, es decir, del ejercicio 2022 y 2021.
b) Ahora el aplicativo permite determinar el resultado fiscal del ejercicio.
c) Las deducciones contables no fiscales incluyen conceptos como: provisiones, resultado por valuación a valor razonable, entre otros.
d) Además, se elimina el concepto de otros en la conciliación contable fiscal.
e) Los ingresos nominales incluyen nuevos conceptos, entre otros: consolidación de la nuda propiedad y usufructo, utilidad fiscal por enajenación o cesión de cartera, ganancia por operaciones derivadas referidas a un tipo de cambio.
f) En materia de deducciones autorizadas se agregan conceptos como: pagos del derecho especial sobre minería, pagos de peaje, castigos, gastos realizados por inversión y desarrollo tecnológico.
g) Por lo que respecta al rubro de inversiones se incluyeron los conceptos: erogaciones de periodos preoperativos, incluyendo gastos de exploración, así como gastos de investigación y desarrollo.
Por todo lo anterior, es importante que los encargados de la elaboración y presentación de la DA del ejercicio 2022 consideren los nuevos requerimientos del aplicativo, los cuales serán aplicables a un gran número de contribuyentes, personas morales, obligados a presentar la DA, particularmente. Por lo que se refiere a los Estados Financieros y sus Notas estos deberán ser preparados considerando lo dispuesto en las Normas de Información Financieras aplicables, pues el tiempo que tendrán que invertir para su elaboración será considerable.
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