
M.D.T. y L.C. Mabel Salazar
M.D.T. y L.C. Mabel Salazar
L.C. César Aguilar Aguilar
Dicha disposición señala que la autoridad fiscal procederá a la inmovilización de depósitos bancarios, seguros o cualquier otro depósito en moneda nacional o extranjera que se realice en cualquier tipo de cuenta que tenga a su nombre el contribuyente en las entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, o de inversiones y valores, a excepción de los depósitos que una persona tenga en su cuenta individual de ahorro para el retiro, incluidas las aportaciones voluntarias que se hayan realizado hasta por el monto de las aportaciones efectuadas conforme a la Ley de la materia, en los siguientes casos:
Por: C.P.C. Alberto Copado
En México, aparte de existir el Buró de Crédito, también está otra sociedad que se llama Círculo de Crédito.… Continuar Leyendo