
M.D.T. y L.C. Mabel Salazar
Descubre qué es la Declaración Informativa Múltiple (DIM), quiénes deben presentarla y los plazos clave para que evites multas y errores al momento de elaborarla.
¿Qué es la Declaración Informativa Múltiple (DIM)?
La Declaración Informativa Múltiple (DIM) es un reporte que se presenta, a más tardar, el 15 de febrero de cada año y permite a los contribuyentes declarar, de forma conjunta, los pagos y retenciones durante un ejercicio fiscal.
¿Quiénes están obligados a presentar la DIM?
Personas Morales que lleven a cabo las siguientes actividades:
- Retenciones de Impuesto Sobre la Renta (ISR) o del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a terceros.
- Pago de salarios y asimilados a salarios.
- Distribución de dividendos o utilidades.
- Pagos a personas o empresas extranjeras.
- Pagos de arrendamiento o uso de bienes inmuebles.
Personas Físicas que realizan actividades empresariales y que, además
- Retienen ISR o IVA.
- Pagan salarios o asimilados a salarios.
- Realizan pagos a residentes en el extranjero.
Estructura y anexos
La DIM contiene información sobre los pagos y retenciones del ISR, el IVA o del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), así como el detalle de las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, las retenciones y pagos hechos a residentes en el extranjero y las operaciones efectuadas a través de fideicomisos.
Los anexos vigentes son:
Anexo 2 | Información de pagos y retenciones del ISR, IVA o IEPS. |
Anexo 4 | Retenciones y pagos hechos a residentes en el extranjero. |
Anexo 9 | Información de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero. |
Anexo 10 | Operaciones efectuadas a través de fideicomisos. |
Plazos y fechas clave para la DIM en 2025
De acuerdo con lo establecido en el artículo 76, fracción X de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), la DIM debe presentarse anualmente, a más tardar el 15 de febrero del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate.
Para hacer este trámite, primero es necesario descargar el software “Declaraciones Informativas en Medios Magnéticos” o DIMM, que está disponible en el sitio web del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Luego, se deben capturar los datos generales del declarante, así como la información solicitada en cada uno de los anexos. Finalmente, el archivo generado podrá enviarse a través de Internet o de medios magnéticos (capturas con más de 40,000 registros).
¿Puedo corregir una DIM después de enviarla?
En caso de errores, omisiones o inconsistencias en la DIM, se debe generar una Declaración Complementaria ante la autoridad tributaria.
Es importante que tengas en cuenta que, según el artículo 32 del Código Fiscal de la Federación (CFF), no podrás realizar más de tres declaraciones complementarias por ejercicio fiscal. Por lo tanto, es recomendable que prestes atención a los datos declarados.
¿Qué hacer si el SAT rechaza mi DIM?
Si recibiste un aviso de rechazo, no te preocupes, aquí te explicamos qué hacer para resolverlo de manera efectiva.
- Identifica la causa de rechazo: ingresa al portal del SAT y revisa la notificación que acompaña el rechazo de la declaración. Esto te dará una idea clara de lo que necesitas corregir.
- Presenta una Declaración Complementaria: esto para rectificar los errores o las inconsistencias de datos.
- Revisa detenidamente la información: antes de enviar la declaración, asegúrate de validar cuidadosamente los datos para evitar futuros rechazos y garantizar el cumplimiento adecuado de las obligaciones tributarias.
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