Efecto fiscal por faltantes de inventario

M.D.T. y L.C. Mabel Salazar

El tema de la fiscalización por faltantes de inventario se refiere a la posible implicación fiscal y contable cuando una empresa registra discrepancias o faltantes en su inventario físico en comparación con los registros contables.

Durante el proceso de conteo físico del inventario, es posible que se encuentren discrepancias entre la cantidad registrada en los libros contables y la cantidad físicamente presente. Estas discrepancias pueden deberse a diversos factores, como robos, pérdidas, errores de conteo o daños en los productos.

Una vez identificados los faltantes de inventario, es necesario realizar los ajustes contables correspondientes para reflejar la situación real. Esto implica actualizar los registros contables y reflejar la disminución del valor del inventario en los estados financieros de la empresa.

Las diferencias de inventario pueden tener implicaciones fiscales, ya que se considera que estos faltantes son ingresos acumulables para fines de ISR, así como actos o actividades para efectos de IVA y, por lo tanto, pueden afectar el cálculo de impuestos.

En caso de faltantes de inventario significativo, es posible que las autoridades fiscales realicen revisiones o auditorías para verificar la situación. Durante estas revisiones, se puede solicitar documentación y registros adicionales para respaldar los ajustes contables y las declaraciones de impuestos presentadas.

Para evitar faltantes de inventario y las implicaciones fiscales asociadas, es esencial implementar medidas de prevención y control. Esto puede incluir la implementación de sistemas de control de inventario más rigurosos, la capacitación del personal encargado del manejo y registro del inventario, así como la revisión regular de los procedimientos internos para detectar posibles irregularidades.

La PRODECON (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente) indicó que es muy común que lo inventariado y lo registrado en contabilidad, no coincida y que la autoridad, podrá considerar como enajenación el faltante de los inventarios en las empresas. Por ello, es importante identificar y ajustar los faltantes en los registros contables, cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes y tomar medidas preventivas para evitar futuros faltantes de inventario.

Sin embargo, hay que respaldar muy bien las diferencias, por ejemplo con previo aviso al SAT tanto de “destrucción autorizada de mercancías”, como de “Mermas por justificación, cuando las mercancías se destinan al consumo propio, utilizándose en el proceso de fabricación de algún producto o derivado de cuestiones operativas, cuando por descubierto o negligencia al manejar la mercancía, este resulta dañado o se destruye, o cuando se trata de mercancías perecederas que caducan o que se descomponen o bien, cambian de estado a causa de la temperatura o derivado del proceso productivo”.

En resumen, los faltantes de inventario pueden tener implicaciones fiscales y contables para una empresa.




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