subcontratación de servicios

Información al IMSS por subcontratación de servicios u obras especializadas

L.C. Luis Velasco

De acuerdo con el artículo 15-A de la Ley del Seguro Social, la contratación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas deberá cumplir con las condiciones y requisitos establecidos en la Ley Federal del Trabajo.

La persona física o moral que contrate la prestación de servicios o la ejecución de obras con otra persona física o moral que incumpla las obligaciones en materia de seguridad social, será responsable solidaria en relación con los trabajadores utilizados para ejecutar estas contrataciones.

Información necesaria para la subcontratación de servicios

La persona física o moral que preste servicios especializados o ejecute obras especializadas deberá proporcionar cuatrimestralmente —a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre— la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre del que se trate, conforme sigue:

  • De las partes en el contrato: Nombre, denominación o razón social; Registro Federal de Contribuyentes; domicilio social o convencional en caso de ser distinto al fiscal; correo electrónico y teléfono de contacto.
  • De cada contrato: Objeto; periodo de vigencia; relación de trabajadores u otros sujetos que prestarán los servicios especializados o ejecutarán las obras especializadas a favor del beneficiario —indicando su nombre, CURP, número de seguridad social y salario base de cotización—, así como nombre y Registro Federal de Contribuyentes del beneficiario de los servicios por cada uno de los contratos.
  • Copia simple del registro en el REPSE emitido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas.

Para verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo, el Instituto y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberán celebrar convenios de colaborativos para el intercambio de información y la realización de acciones de verificación conjuntas, desde su respectivo ámbito de competencia.

El Instituto informará a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social el incumplimiento a los requisitos indicados, para aplicar los efectos señalados en la propia Ley Federal del Trabajo.

El IMSS y la subcontratación de servicios

Ahora bien, para llevar a cabo el cumplimiento de esta obligación el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha liberado la herramienta electrónica denominada Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE). 

A través de ésta los prestadores de servicios o ejecutores de obras especializadas reportarán al Instituto la información de los contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obra especializada.

Su objetivo es facilitar el cumplimiento de la obligación periódica y presentar al Instituto la información de los contratos realizados, de acuerdo al cuatrimestre del que se trate, como sigue:

cuatrimestres de subcontratación de servicios
*Nota: En caso de que el último día del vencimiento sea inhábil se recorrerá al día hábil siguiente.

Información del primer y segundo cuatrimestre de 2021

La información relativa al primer cuatrimestre de 2021 tendría que presentarse a más tardar el 1 de septiembre de 2021, conforme al artículo Sexto del Decreto por el que se reforman los Artículos Transitorios Primero, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto y Séptimo del Decreto del 23 de abril, publicado el 31 de julio pasado. Sin embargo, según la propia página del ICSOE del IMSS, la información del primer y segundo cuatrimestre de 2021 se presentará del 1 al 17 de septiembre del mismo año.




¡Síguenos en Facebook!

Contenido relacionado con esta nota:

Consulta nuestras últimas entradas:

Comentarios u opiniones contenidos en los artículos publicados en Soy Conta, son responsabilidad de su autor, pudiendo ser distintos a los criterios dados a conocer por las autoridades fiscales. Tampoco representan una asesoría, consejo o prestación de servicios de ninguna índole. 2018. Se prohíbe su reproducción total o parcial.

error: Content is protected !!