Deducciones RESICO para Personas Morales
Deducciones en el RESICO para Personas Morales

Por: L.C. César Aguilar Aguilar.

Abordamos los puntos clave sobre las deducciones en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para Personas Morales aplicando las disposiciones actuales de la autoridad fiscal.

¿Qué es el RESICO para Personas Morales y cómo funciona?

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para Personas Morales (PM) es el esquema fiscal que entró en vigor el 1 de enero de 2022. Dicho régimen está acompañado de Disposiciones Transitorias (DT) que, de manera general, eliminaron un efecto de doble acumulación de los ingresos devengados a partir de 2021 y un efecto de no deducción en el caso del costo de ventas de los inventarios que se tenían al 31 de diciembre; pero también un efecto de doble deducción.

Para efectos de la declaración anual, los contribuyentes que se encuentren en el RESICO deberán determinar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) aplicando las disposiciones del Título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

¿Qué puede deducir un RESICO Persona Moral?

Para las Personas Morales que tributan en el RESICO, estos son algunos ejemplos de deducciones que pueden llevar a cabo:

  • Devoluciones que se reciban o los descuentos o bonificaciones que se hagan, siempre que se hubiese acumulado el ingreso correspondiente.
  • Adquisiciones de mercancías, así como de materias primas.
  • Inversiones, gastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones.
  • Intereses pagados derivados de la actividad, sin ajuste alguno, así como los que se generen por capitales tomados en préstamo, siempre y cuando dichos capitales hayan sido invertidos en los fines de las actividades de la persona moral y se obtenga el comprobante fiscal correspondiente.
  • Cuotas a cargo de los patrones pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  • Aportaciones efectuadas para la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal, complementarias a las que establece la Ley del Seguro Social, y de primas de antigüedad constituidas en los términos de esta ley.

Requisitos clave para hacer deducciones en el RESICO

De acuerdo con el artículo 27 de la LISR, estos son algunos de los requisitos para las deducciones autorizadas:

  • Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente.
  • Deben estar amparadas por Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).
  • Estar debidamente registradas en la contabilidad y restadas una sola vez.
  • Cumplir con las obligaciones establecidas en la LISR y las demás disposiciones fiscales.
  • Los pagos que excedan los $2,000.00 deben efectuarse por transferencia, cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito, de servicios o monedero electrónico autorizado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Además, las deducciones que lleven a cabo las Personas Morales deben cumplir con lo establecido en el artículo 210 de la LISR.

Conciliación de ingresos y deducciones en el RESICO

La conciliación de ingresos y deducciones es el proceso mediante el cual se comparan y verifican los ingresos declarados y las deducciones aplicadas con los registros contables y fiscales. En el contexto del RESICO, esto implica asegurarse de que los ingresos efectivamente cobrados coincidan con los registrados ante el SAT y que las deducciones sean válidas y estén debidamente soportadas por CFDI.

Este proceso no solo es importante para cumplir con las normativas fiscales, sino también para identificar posibles errores o discrepancias que puedan generar contingencias fiscales, como multas o auditorías.




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